El EDPB publica unas directrices sobre el tratamiento de datos personales basado en el interés legítimo

El EDPB publica unas directrices sobre el tratamiento de datos personales basado en el interés legítimo
  • 17/10/24
El Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB) ha publicado unas directrices en las que se analizan aquellos criterios que los responsables del tratamiento deben seguir cuando se amparen en el interés legítimo para llevar a cabo un tratamiento de datos personales.

El pasado 9 de octubre, el Comité Europeo de Protección de Datos (en adelante, “EDPB”) publicó unas directrices en las que analizaba los criterios que cualquier Responsable del Tratamiento deberá seguir al ampararse en su interés legítimo, según lo definido por el artículo 6.1.f) del RGPD, para llevar a cabo un tratamiento de datos personales.

Cabe destacar que las directrices publicadas por el EDPB están siendo objeto de consulta pública, y aquellas partes interesadas podrán emitir sus opiniones o comentarios hasta el día 20 de noviembre de este año 2024.

Dichas directrices, se dividen en tres bloques principales:  

Conclusión

Las directrices publicadas por el Comité Europeo de Protección de Datos, aunque todavía puedan sufrir algún cambio a raíz de la consulta pública, representan un avance significativo en la clarificación de cómo los Responsables del Tratamiento pueden ampararse en su interés legítimo según el artículo 6.1.f) del RGPD.

Estas directrices no sólo proporcionan un marco detallado y estructurado para evaluar la legitimidad del tratamiento de datos, sino que también subrayan la importancia de equilibrar dicho interés con los derechos y libertades fundamentales de los interesados.

Artículo elaborado por Samanta Murillo Geiser, manager de Regulación Digital de PwC Tax & Legal y Albert Betorz, associate de Regulación Digital de PwC Tax & Legal.

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