EU Newsletter #3 Parte C - Sustainability Report

Esta es la tercera parte (y final) de la última edición de nuestra EU Newsletter Sustainability Reporting.

En esta última parte cubrimos los siguientes contenidos:

  • Análisis de las primeras publicaciones relacionadas con la taxonomía para empresas no financieras y entidades bancarias, que muestra que es necesaria más claridad en el Reglamento de Taxonomía para permitir a los inversores hacer comparaciones relevantes.
  • Recomendaciones de la Plataforma Europea de Finanzas Sostenibles (PSF, por sus siglas en inglés) para ampliar el actual marco de la taxonomía medioambiental y para una taxonomía social, tal y como prevé el Reglamento sobre la Taxonomía. 
  • Los últimos avances del Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR, por sus siglas en inglés) que resultan bastante difíciles de aplicar para los participantes en el mercado financiero. 

Estudio comparativo en materia de taxonomía (empresas no financieras y banca)

Este año, las empresas europeas no financieras han dado un primer paso para informar sobre la sostenibilidad de sus actividades. Deben informar sobre la elegibilidad de sus actividades y están obligadas a revelar en qué medida sus actividades económicas están descritas en el Reglamento sobre la Taxonomía, y por tanto calificadas como potencialmente sostenibles.

Hemos realizado un estudio comparativo de publicaciones relacionadas con la taxonomía reportadas en 2021, mediante un panel compuesto por 57 publicaciones. Encontramos que una gran mayoría de las empresas han tratado de cumplir con los requisitos de elegibilidad, pero que hay diferencias significativas entre las industrias, y las formas de calcular y divulgar los informes. Los principales resultados pueden consultarse descargando la newsletter.

Asimismo, por primera vez, los bancos deben informar sobre la sostenibilidad de su financiación. Deben revelar en qué medida financian actividades económicas que se describen en el Reglamento de la Taxonomía y que, por tanto, se califican como potencialmente sostenibles. 

En el caso de las entidades bancarias, nuestro estudio comparativo ha incluido 17 bancos en Holanda, Alemania, Francia, Bélgica y España. Entre los principales resultados (ver descargando la newsletter) se aprecian diferencias en la determinación de los activos totales (clave en el cálculo de activos ‘potencialmente sostenibles’), así como en el uso de definiciones diferentes de “no elegibilidad”, entre otras. En definitiva, es difícil comparar las divulgaciones y extraer conclusiones sobre las características de sostenibilidad de los bancos individuales, debido al diseño actual de la regulación de la taxonomía y las diferentes interpretaciones.

Se necesita más claridad en las reglas europeas de finanzas sostenibles, pero también que los bancos trabajen de manera conjunta para perseguir un reporting más consistente.

¿Quieres recibir nuestros observatorios sobre Auditoría y Reporting?

Inscríbete

Contacta con nosotros

Síguenos en