Se esperaba desde hace tiempo y por fin ha llegado: el Comité de Derechos Sociales del Consejo de Europa se ha pronunciado sobre la reclamación presentada por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, que entendía que la legislación española de despido era contraria a las exigencias de la Carta Social Europea. Lo que ahora dice el Comité es lo mismo que ya dijo antes sobre la materia, cuando fue la Unión General de Trabajadores la que demandó a nuestro país, por los mismos motivos y con la misma base jurídica. Ya sabíamos que este órgano consideraba que nuestra regulación del despido no cumple los estándares del artículo 24 de la Carta Social Europea que, como a estas alturas todos conocemos, exige que los ordenamientos de los Estados obligados a cumplirla (España incluida) prevean que, en los casos de despido injustificado, los trabajadores tengan garantizado el derecho a “una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada”.
© 2016 - 2025 PwC. Todos los derechos reservados. No se permite la distribución adicional sin autorización de PwC. “PwC” hace referencia a la red de firmas miembros de PricewaterhouseCoopers International Limited (PwCIL) o, según cada caso concreto, a firmas miembros individuales de la red PwC. Cada firma miembro es una entidad jurídica independiente y no actúa como agente de PwCIL ni de ninguna otra firma miembro. PwCIL no presta servicios a clientes. PwCIL no se responsabiliza ni responde de los actos u omisiones de ninguna de sus firmas miembros, ni del contenido profesional de sus trabajos ni puede vincularlas u obligarlas en forma alguna. De igual manera, ninguna de las firmas miembro son responsables por los actos u omisiones del resto de las firmas miembros ni del contenido profesional de sus trabajos, ni pueden vincular u obligar ni a dichas firmas miembros ni a PwCIL en forma alguna.