El Consejo de Ministros aprobó ayer martes el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025. La norma se justifica afirmando que se aprueba “en cumplimiento del mandato al Gobierno para fijar anualmente el salario mínimo interprofesional, contenido en el artículo 27.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores”. En los últimos años nos hemos acostumbrado a aprobaciones tardías que complican la aplicación del SMI de cada año.
Esta vez ha sido excepcionalmente movido, con la derogación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptaban medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social. Éste incluía la prórroga del SMI de 2024 “durante el periodo necesario para garantizar la continuidad de los trabajos de la mesa de diálogo social en la búsqueda, un año más, de un incremento pactado del salario mínimo interprofesional”.
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