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Tenemos amplia experiencia y dedicación a la tributación indirecta, Impuesto sobre el Valor Añadido, Aduanas, Impuestos Especiales y Medioambientales. Somos más de 20 fiscalistas especializados en diversos sectores de la actividad económica, tales como banca y seguros, Gobierno, Sanidad, Energía, Tecnología, Medios y Telecomunicaciones, Retail & Consumo, etc. Nuestra presencia en las diferentes oficinas de PwC en España facilita la relación con nuestros clientes y nos permite resolver problemas con mayor agilidad y cercanía.
Además, disponemos de la mayor red de asesores fiscales del mundo, lo que nos permite ayudar a compañías en proyectos transfronterizos en cualquier país.
Tenemos una amplia experiencia en el asesoramiento en materia de Impuestos Indirectos (IVA, Aduanas, IIEE e Impuestos medioambientales) de compañías nacionales y grupos multinacionales de los sectores de Banca y Seguros, Construcción y Servicios, Energía, Farma, Productos industriales y Automoción, Retail y Consumo, Tecnología, Medios y Telecomunicaciones, Sanidad, Gobierno, Turismo y Transporte, entre otros.
Planificación fiscal, asistencia en procedimientos de comprobación e inspección, implementación REGE, litigios, Value Chain Transformation (VTC), preparación de consultas tributarias y elaboración de informes jurídico-tributarios.
Igualmente, prestamos asesoramiento IVA enfocado al sector financiero: implementación REGE, Regímenes de deducción (Prorrata, Prorrata especial y sectores direferenciados), asistencia en procedimientos de comprobación e inspección, etc.
Planificación fiscal, asistencia en procedimientos de comprobación e inspección, solicitud y reevaluaciones OEAs, solicitud de regímenes aduaneros (deposito aduanero, RPA, etc.), litigios (e.j asistencia en el procedimiento de impugnación de Impuesto sobre Hidrocarburos), Trade Wars, preparación de consultas tributarias y elaboración de informes jurídico-tributarios.
Mediante técnicas de Big Data & Analytics, IV@NALYTICS proporciona valiosa información en dos niveles distintos:
I) Conciliación periódica de cifras reportadas en SII vs. cifras declaradas en el Modelo 303/322 y
II) analítica de IVA avanzada a través de distintos indicadores de riesgo y ahorro definidos previamente o a solicitud del cliente.
Asistencia con la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
Asesoramiento recurrente y compliance fiscal en relación con el IIEE sobre los envases de plástico no reutilizables, Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero, Impuesto sobre el Valor de Producción de la Energía Eléctrica, etc.
Tras un tiempo de negociaciones el Parlamento y el Consejo Europeo han alcanzado un acuerdo en el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC).
El objetivo del MAFC es evitar que los esfuerzos de la Unión Europea (UE) para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero, se vean contrarrestados por un aumento de las emisiones fuera de sus fronteras debido a la deslocalización de la producción a países no pertenecientes a la UE, cuyas políticas contra el cambio climático sean menos ambiciosas que las de la UE, o debido al aumento de las importaciones de productos intensivos en carbono.
El MAFC está concebido para aplicarse, inicialmente, en paralelo al régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (en lo sucesivo, «RCDE UE»), si bien irá sustituyendo la asignación gratuita de derechos de emisión.
El MAFC se aplicará a las importaciones de la UE de hierro y acero, aluminio, electricidad, ciertos fertilizantes, cemento, así como ciertos precursores (es decir, materiales activos de cátodo) y un número limitado de productos intermedios como tornillos y pernos.
Se espera que el alcance del MACF pueda extenderse a todos los grupos de productos cubiertos por el RCDDE UE o a la lista de productos con riesgo de fuga de carbono (es decir, petróleo crudo y productos derivados del petróleo, productos químicos básicos inorgánicos, gases industriales, caucho sintético, metales no ferrosos y otros).
El MAFC se implementará gradualmente. Habrá una fase inicial o de transición de octubre de 2023 -31 de diciembre de 2025-, solo se exigirá a los importadores de los productos incluidos en el mecanismo que declaren, de manera trimestral la cantidad de gases de efecto invernadero, implícito en esos productos.
A partir de 2026, se exigirá además a los importadores, la compra de certificados MAFC para cubrir la “huella” de los gases antes citados, y el precio de estos certificados estará vinculado a los precios del carbono marcado en el RCDDE UE.
Obligaciones de registro del Importador
Los importadores de los productos antes citados deberán estar inscritos en un Registro de Operadores a los efectos de tener la condición/autorización de declarante autorizado para importar en el territorio de la Unión dichos productos.
En el Documento Único Administrativo a través del cual se importen estos productos deberán incluir la autorización del declarante autorizado.
Liquidación del MAFC
El MAFCV se liquidará a través de la adquisición de certificados de manera previa a la importación en la Unión de los productos afectados.
Estos certificados se comprarán por los importadores a la autoridad que cada Estado miembro haya designado. En España, será el Ministerio de Transición Ecológica y deberán cubrir el coste de los de las emisiones implícitas en los productos importados.
Como se ha mencionado anteriormente, el precio de los de los certificados se calculará en función del precio medio semanal de la subasta de los derechos de emisión. Señalar en este punto que el precio del CO2 en estas subastas ha pasado de 34 Euros por tonelada en 2021 a rozar, actualmente, el importe de 90 euros por tonelada.
La Aduana donde se lleve a cabo el despacho de importación de los productos afectados por el MAFC, será la encargada de verificar que el importador-declarante autorizado- ha adquirido certificados en cuantía suficiente para realizar la importación de estos productos.
Se prevé la posibilidad de aplicar exención en la importación de productos en el caso de envíos inferiores a 150 Euros, o cuando el productor de fuera de la Unión justifique que ha pagado en el país de origen un precio por el carbono utilizado en la producción, o cuando el producto sea originario de un país con el que la Unión tenga acordado un reconocimiento mutuo, sobre la base de tener una normativa en esta materia similar a la Unión (actualmente, los países de la Asociación Europea de Libre Comercio -ALC-, integrada por Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza).
Los declarantes autorizados estarán obligados a llevar un registro de las emisiones correspondientes a los productos importados. Estos registros de información servirán para calcular y justificar las emisiones implícitas y los declarantes estarán obligados a conservar, durante 4 años, tanto los registros como los documentos que sirvan para acreditar la documentación en ella contenida.
Además, deberán presentar una declaración, con fecha límite 31 de mayo, comprensiva de las operaciones de importación, emisiones y certificados del año anterior, a los efectos de que la Administración competente verifique el correcto cumplimiento de la normativa.
Principalmente, el MAFC va a tener los siguientes impactos en los importadores afectados:
- Se van a producir un aumento de costes asociados en aquellos productos en los que el MAFC sea de aplicación.
- Regularización de las transferencias internacionales de datos: nuevas cláusulas contractuales tipo.
- Se van a producir impactos vinculados al tiempo que los operadores deberán emplear para recopilar de los exportadores/productores los datos e información necesarios para cumplir con las obligaciones formales y materiales derivadas del MAFC.
- Se van a producir riesgos derivados de eventuales incumplimientos de una normativa ciertamente compleja si no se está familiarizado con el procedimiento.
Si actualmente su compañía importa productos intensivos en carbono incluidos en el ámbito inicial (o extendido) del MAFC se deberían adoptar las siguientes acciones:
- Cuáles son los productos potencialmente afectados y el coste adicional derivado de su importación.
- Potenciales acciones en la estrategia de mercado.
- Oportunidades comerciales si los productos importados son, o podrían llegar a ser, más verdes que la media de la industria.
- Revisar mi cadena de suministro y socios comerciales para verificar si puedo o no obtener la información de las potenciales emisiones de CO2 implícita en los productos importados.
- Revisar mis sistemas internos de gestión para incluir la información necesaria antes mencionada, para poder calcular el importe de los certificados del MAFC, así como el seguimiento de la correcta asignación de estas cantidades a mis importaciones.
- Respecto del periodo transitorio cumplimiento de la obligación de información y registro trimestral.
- Cumplimiento en relación con la declaración anual.
- Cumplimiento de las obligaciones en materia de registro de operaciones y conservación de documentación.
Socio responsable Aduanas, IIEE e Impuestos Medioambientales en PwC Tax & Legal