El TJUE ha dictado la esperada sentencia en el asunto C-278/20, recurso de incumplimiento interpuesto por la Comisión Europea contra el Reino de España por entender que el régimen de responsabilidad patrimonial por los daños causados a los particulares por actos legislativos contrarios al Derecho de la UE resulta contrario al propio Derecho de la UE.
El TJUE, en formación de Gran Sala, estima parcialmente recurso, entendiendo que algunos de los aspectos de dicho régimen resultan, efectivamente, contrarios al Derecho de la UE, aunque que salva alguno de los extremos que fueron cuestionados por la Comisión.
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