La anunciada reforma temporal del régimen de consolidación fiscal ya forma parte del articulado de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Para los ejercicios iniciados en el 2023, la base imponible del grupo fiscal no se determinará agregando linealmente las bases imponibles individuales como era preceptivo, sino que se considerarán el 100% de las positivas y el 50% de las bases imponibles negativas. Esto significa que, en el periodo 2023, las bases imponibles negativas de las entidades integrantes del grupo fiscal solo se tendrán en cuenta en un 50%.
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